Articulo 1 Régimen concesional del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y Registro de Empresas radiodifusoras
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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El presente Decreto regulará, en el ámbito territorial de Aragón, el ejercicio, mediante concesión, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia con destino a su explotación por personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro o por los Ayuntamientos, tanto en lo que se refiere al proceso de adjudicación de las concesiones, como en lo que respecta a las obligaciones que éstas imponen al concesionario.
