Articulo 1 Régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1. Objeto.
Vigente
Este real decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la reutilización de las aguas depuradas, de acuerdo con el artículo 109.1 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.