Articulo 1 Régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales
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»Artículo 1. Objeto.
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El presente decreto tiene por objeto la regulación del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, además del régimen de autorización, acreditación e inspección de servicios sociales en desarrollo del previsto en el título VIII de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
