Articulo 1 Régimen sancionador en materia de viviendas protegidas
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»Artículo 1. Ámbito de aplicación
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Constituye el objeto de la presente Ley la regulación del régimen sancionador aplicable a las infracciones a la normativa en materia de vivienda con protección o financiación cualificada de la Administración estatal o autonómica cuya promoción, construcción, arrendamiento o rehabilitación se lleve a cabo dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
