Articulo 1 Registro de As...Valenciana

Articulo 1 Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto y estructura del Registro

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunitat Valenciana es un servicio público que tiene por objeto dar publicidad a la constitución, estatutos y demás actos inscribibles de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos que desarrollen su actividad de forma exclusiva o principal en el territorio de la Comunitat Valenciana, así como de las uniones, federaciones y confederaciones de ellas, comprendidas en el mismo ámbito territorial de actuación.

2. A los efectos de lo dispuesto en el presente reglamento, se entenderá que una asociación profesional de trabajadores autónomos desarrolla sus actividades principalmente en el territorio de la Comunitat Valenciana, cuando más del 50% de sus asociados estén domiciliados en ésta.

3. El Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunitat Valenciana será único para toda la Comunitat Valenciana, radicará en la ciudad de Valencia y estará adscrito a la dirección general competente en materia de trabajo.

4. El Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunitat Valenciana se estructura en dos secciones.

Sección de Asociaciones y Sección de Uniones, Federaciones y Confederaciones. Cada una de dichas secciones contará con un sistema informatizado, donde se practicarán los asientos de presentación, inscripciones y anotaciones que dispone este reglamento.

5. El contenido de los libros de inscripciones, de los libros diarios y de los estatutos depositados en el Registro es público, y cualquier interesado podrá solicitar y obtener certificación del mismo. En su caso, el Registro podrá ser consultado por medios electrónicos y obtenerse certificaciones del mismo en esta forma.