Articulo 1 Registro de Fu...ompetencia

Articulo 1 Registro de Fundaciones de Navarra y los procedimientos de su competencia

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Artículo 1. Ámbito objetivo.

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El presente decreto foral tiene por objeto:

a) La regulación de los procedimientos competencia del Registro de Fundaciones de Navarra, en concreto:

a.1) Las inscripciones de las fundaciones y delegaciones sometidas al ámbito de aplicación de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra, así como de los actos que son relevantes para la vida de las mismas.

a.2) El depósito y la publicidad de las cuentas de las fundaciones inscritas.

a.3) La publicidad registral de las fundaciones y delegaciones inscritas, a los efectos previstos en la normativa en vigor.

b) El establecimiento de la estructura, organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Navarra.

c) La ordenación de las relaciones del registro con el Protectorado de Fundaciones de Navarra, el departamento competente en materia tributaria del Gobierno de Navarra, las Notarías y el Consejo General del Notariado, el Registro de Fundaciones de competencia estatal y los registros de fundaciones autonómicos, para un mejor cumplimiento de sus funciones.