Articulo 1 Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
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»Artículo 1. Ámbito de Aplicación.
Vigente
El presente Reglamento será de aplicación a los procedimientos de ingreso del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus Organismos Autónomos comprendidos en el ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura (LEXT 1990\108).
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-01-1996 en vigor desde 03-01-1996