Artículo 1 Reglamento Orgánico del Tribunal Administrativo de Navarra
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»Artículo 1. Independencia funcional y adscripción orgánica.
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1. El Tribunal Administrativo de Navarra y sus miembros ejercerán sus funciones con imparcialidad e independencia funcional respecto de los restantes órganos de la Comunidad Foral.
2. Sin perjuicio de su independencia funcional, el Tribunal estará adscrito orgánicamente al departamento del Gobierno de Navarra competente en el área de Presidencia.

