Articulo 1 el que se regula la prestación de Ayuda a Domicilio del Sistema de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 1. Objeto.
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1. El presente Decreto tiene por objeto desarrollar el artículo 8 de la Ley 11/1984, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, regulando la prestación de Ayuda a Domicilio gestionada por los Entes Locales en el ámbito territorial de la región madrileña.
2. La prestación del servicio de Ayuda a Domicilio por entidades privadas deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 2 al 8 y en el artículo 12 del presente Decreto.
