Articulo 1 se regula el s... de Madrid

Articulo 1 se regula el servicio de asistencia a las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid

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Artículo 1. Objeto

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1. El presente Decreto tiene por objeto regular el régimen de funcionamiento y prestación de la asistencia que proporciona la consejería competente en materia de régimen local de la Comunidad de Madrid a las entidades locales de su ámbito territorial.

2. La asistencia será jurídica, letrada, técnica, para la garantía de la prestación de las funciones públicas reservadas a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, económica, presupuestaria y contable.

3. Queda excluido de este decreto el servicio en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos, y demás ingresos de derecho público propios de las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.