Articulo 1 Reguladora de la Biblioteca Nacional de España
Articulo 1 Reguladora de ... de España

Articulo 1 Reguladora de la Biblioteca Nacional de España

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Denominación y naturaleza.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Biblioteca Nacional de España es un organismo autónomo de los previstos en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y forma parte del Sistema Español de Bibliotecas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.

La Biblioteca Nacional de España es el centro depositario del patrimonio bibliográfico y documental español que se produce en cualquier tipo de soporte o medio. Tiene como misión reunir, catalogar, conservar, incrementar, gestionar, difundir y transmitir, en cumplimiento de sus fines, el patrimonio bibliográfico y documental español y sobre España publicado en el extranjero, como fuente de conocimiento para toda la sociedad española e internacional, garantizando su integridad y facilitando el acceso al mismo a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2015 en vigor desde 26-03-2015