Artículo 1 se regulan las...lificación

Artículo 1 se regulan las entidades colaboradoras de certificación y los entes habilitados en el ámbito de la simplificación

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Artículo 1. Objeto

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1. El objeto de esta regulación es establecer el régimen de actuación de las entidades colaboradoras de certificación como mecanismo de agilización en la presentación de documentos por parte de las personas interesadas en determinados procedimientos administrativos.

Las entidades de colaboración verificarán la documentación de forma previa a su presentación por parte de las personas interesadas en aquellos procedimientos que así se determine, pronunciándose sobre su suficiencia e idoneidad, a través de la Certificación Documental Acreditada.

2. No obstante, el uso de las entidades colaboradoras por parte de las personas interesadas será voluntario.