Artículo 1 se regulan los...tilización

Artículo 1 se regulan los símbolos de la Comunidad Autónoma, así como su utilización

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Artículo 1.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, el emblema o blasón de Castilla y León es un escudo cuartelado en cruz o contracuartelado. El primero y cuarto cuarteles: sobre campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur. El segundo y tercer cuarteles: sobre campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro.

El diseño del emblema o blasón se ajustará a las características que se especifican en el Anexo I del presente Decreto.