Primero. Resolución 186/2026, de 30 de abril, La Rioja, calendario de festivos laborales 2027
Primero.
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En el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja y durante el año 2027, los días inhábiles, a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, serán los siguientes:
Calendario festivos laborales 2027
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1 enero |
viernes |
Año Nuevo |
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6 enero |
miércoles |
Epifanía del Señor |
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25 marzo |
jueves |
Jueves Santo |
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26 marzo |
viernes |
Viernes Santo |
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29 marzo |
lunes |
Lunes de Pascua |
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1 mayo |
sábado |
Fiesta del Trabajo |
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9 junio |
miércoles |
Día de La Rioja |
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12 octubre |
martes |
Fiesta Nacional de España |
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1 noviembre |
lunes |
Fiesta de Todos los Santos |
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6 diciembre |
lunes |
Día de la Constitución Española |
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8 diciembre |
miércoles |
Inmaculada Concepción |
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25 diciembre |
sábado |
Natividad del Señor |
Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales, hasta dos días del año que por tradición sean propias en cada municipio. Las referidas fiestas locales se determinarán por resolución de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral y se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja.
Para la determinación de los festivos locales, los Ayuntamientos deberán formular su propuesta al respecto, ante la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.
