Primero. RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2026, Galicia
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Se autoriza la celebración de ferias, mercados y concentraciones de ganado bovino con finalidad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que los animales que asistan procedan exclusivamente de explotaciones localizadas en la Comunidad Autónoma. Los animales procedentes de otras comunidades autónomas, para poder asistir a estos eventos, deberán permanecer previamente un mínimo de 28 días naturales en explotaciones de Galicia.
Los vehículos procedentes de fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia que acudan a estos eventos deberán acceder a las instalaciones vacíos, limpiados, desinfectados y desinsectados.
