Artículo 1 para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
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»Artículo 1. Límite de la cuantía inicial de las pensiones públicas.
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Desde el 1 de enero de 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, el límite máximo para la percepción de las pensiones públicas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado causadas en 2026 será de 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.
