Articulo 1 SERVICIOS DE INFORMACION ADMINISTRATIVA Y ATENCION AL CIUDADANO
Ver Indice
»Artículo 1. La información administrativa.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La información administrativa es un cauce adecuado a través del cual los ciudadanos pueden acceder al conocimiento de su derechos y obligaciones y a la utilización de los bienes y servicios públicos.
La información encomendada a las unidades y oficinas a las que se refiere el capítulo II de este Real Decreto podrá ser general o particular.
