Articulo 1 Servicios sociales de Asturias
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
La presente Ley tiene por objeto la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales, así como la regulación de la iniciativa privada en esta materia, para la consecución de una mejor calidad de vida y bienestar social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2003 en vigor desde 09-03-2003