Articulo 1 Servicios sociales inclusivos

Articulo 1 Servicios sociales inclusivos

Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto de la ley

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Esta ley tiene por objeto configurar el marco jurídico de actuación de los poderes públicos valencianos en el ámbito de los servicios sociales, dado su carácter de interés general para la Comunitat Valenciana, y, en concreto:

a) Promover la universalidad del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales garantizando, en condiciones de igualdad, equidad y justicia, el derecho subjetivo al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

b) Ordenar y regular los servicios sociales en la Comunitat Valenciana, así como estructurar, planificar y dotar de cobertura legal y organizativa al Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y a sus prestaciones garantizadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

c) Establecer el marco de los instrumentos y las medidas necesarias para que los servicios sociales sean prestados con los criterios, requisitos y estándares óptimos de calidad, eficiencia y accesibilidad.

d) Establecer los mecanismos de planificación, colaboración y coordinación de los servicios sociales con los otros sistemas y políticas públicas, en garantía de una atención integral a la persona.

e) Delimitar las formas de colaboración entre las diferentes entidades municipales y supramunicipales y la Generalitat para garantizar la adecuada financiación económica del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.