Articulo 1 Síndic de Greuges de Cataluña

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Artículo 1. Objeto de la Ley

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La presente ley tiene por objeto:

a) Regular, en cumplimiento del artículo 79.3 del Estatuto, el Síndic de Greuges, institución de la Generalidad que tiene la función de proteger y defender los derechos y libertades constitucionales y estatutarios, en los ámbitos y en la forma determinados por el Estatuto, por la presente norma de desarrollo básico y por las demás leyes que sean aplicables.

b) (Anulado)