Articulo 1 Suelo de Galicia

Articulo 1 Suelo de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto de la ley

Vigente

1. Es objeto de la presente ley la protección y la ordenación urbanística de Galicia.

2. El régimen urbanístico del suelo y la regulación de la actividad administrativa relacionada con el mismo vendrán determinados por lo establecido en la presente ley o, en su virtud, por los instrumentos de ordenación urbanística previstos en ella.