Articulo 1 TR. de la Ley de Reconocimiento de la «Mondragon Unibertsitatea»
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»Artículo 1. Reconocimiento de la Universidad.
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1.- Se reconoce la Universidad «Mondragon Unibertsitatea» como Universidad privada.
2.- La Universidad «Mondragon Unibertsitatea» se regirá por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, por la presente ley y por sus propias normas de organización y funcionamiento.
3.- Las normas de organización y funcionamiento de «Mondragon Unibertsitatea» deberán ser conformes con los principios constitucionales y respetar y garantizar, de forma plena y efectiva, el principio de libertad académica que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.
