Articulo 1 TR. de la ley por la que se regulan los servicios de prevencion, extincion de incendios y salvamentos
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»Artículo 1. Objeto.
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El objeto de la presente Ley es regular la actividad de la Comunidad de Madrid en materia de prevención y extinción de incendios y salvamentos así como la organización funcional, financiación y régimen estatutario del personal de los servicios de bomberos de esta Comunidad Autónoma.
