Articulo 1 Transportes y Movilidad Sostenible de Asturias
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»Artículo 1. Objeto de la Ley.
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La presente Ley tiene por objeto regular los transportes y las actividades auxiliares y complementarias de estos de competencia del Principado de Asturias y de sus concejos, así como promover una movilidad universalmente accesible, segura, asequible y que utilice, preferentemente, modos de transporte sostenibles.
