Articulo 1 Turismo de Cataluña
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
Vigente
1. El objeto de la presente Ley es regular la ordenación y la promoción del turismo.
2. Las disposiciones de la presente Ley se aplican al conjunto de los recursos, los sujetos y las actividades que integran el sector turístico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2002 en vigor desde 03-01-2003