Articulo 1 Voluntariado de Madrid

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Artículo 1. Objeto

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La presente ley tiene por objeto promover y fortalecer el voluntariado, así como crear el marco idóneo para que las relaciones que puedan establecerse entre los destinatarios de las actividades de voluntariado, los voluntarios, las organizaciones de voluntariado y las Administraciones públicas contribuyan de manera óptima al bienestar social.