Articulo 10 12 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Saneamiento y Depuracion de Aguas Residuales de Cantabria
Artículo 10. Permiso de vertido.
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1. El permiso de vertido al sistema público de saneamiento en baja o a los colectores generales, se otorgará a los usuarios indicados en el artículo 7.1 por la Administración competente correspondiente. Dicho permiso incluirá, en su caso, el permiso de conexión cuando hayan de realizarse obras para conectar con el sistema público de saneamiento.
2. Si el permiso de vertido al que se refiere el apartado anterior se solicita para un sistema público de saneamiento en baja, el gestor de dicho saneamiento (Entidad Local o Sociedad Gestora del Servicio Público) deberá consultar, con carácter previo, a la entidad Gestora del sistema General de Saneamiento, los caudales y concentraciones máximas admisibles del vertido para el que se solicita el permiso, con el fin de que los caudales sean asumibles hidráulicamente por el sistema y que las concentraciones no alteren las características de diseño de las instalaciones de depuración o del medio receptor al que se vierte.
3. El otorgamiento de dicho permiso faculta a los mencionados usuarios para realizar vertidos de aguas residuales al sistema público de saneamiento en las condiciones establecidas en el mismo.
4. El permiso de vertido regulado en este Reglamento se establece sin perjuicio del resto de las competencias municipales en materia de redes de alcantarillado y de la obtención por parte del usuario de cuantos permisos, públicos y privados, sean necesarios hasta llegar a conectarse al sistema público de saneamiento.
5. El plazo máximo para dictar resolución será de seis meses desde que se reciba la solicitud de autorización por el órgano competente para resolver. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución, la solicitud se entenderá desestimada.
- Artículo modificado (10 (apdo. 1)) por Ley de Cantabria 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.
(S de 04-04-2025) en vigor desde 05-04-2025
