Articulo 10 14 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
Artículo 10. 1-4. Cuota.
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Las cuotas de las tasas son:
1. Fundaciones:
Inscripción de fundaciones: 98,30 euros.
Modificación de estatutos: 50 euros.
Modificación del patronato: 28 euros.
Delegaciones de facultades: 54,60 euros.
Inscripción de fondos especiales: 54,60 euros.
Modificación de fondos especiales: 54,60 euros.
Fusión y escisión: 82 euros.
Inscripción de las delegaciones de fundaciones que actúan en Cataluña reguladas por otras leyes de fundaciones diferentes del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril: 81,90 euros.
Autorización de actos con contenido económico: 109,20 euros.
Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 16,40 euros por ejercicio.
Revisión de cuentas anuales: 77 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 11 euros.
Emisión de listados: 10,95 euros.
Declaración responsable: 41 euros.
2. Asociaciones y federaciones:
Inscripción de asociaciones o federaciones: 60,10 euros.
Instrucción del expediente de declaración de utilidad pública: 98,30 euros.
Modificación de estatutos: 32,80 euros.
Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 16,40 euros por ejercicio.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 11 euros.
Revisión de cuentas de las asociaciones declaradas de utilidad pública: 77 euros.
Emisión de listados: 10,95 euros.
Inscripción de delegación de asociación extranjera: 54,60 euros.
Transformación de una asociación en fundación: 55 euros.
3. Colegios profesionales y consejos de colegios
Inscripción de órganos de gobierno: 21,85 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 11 euros.
Emisión de listados: 10,95 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios de nueva creación: 196,60 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios: 196,60 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los estatutos de colegios profesionales y consejos de colegios: 142 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 196,60 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 196,60 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 142 euros.
Delegación de funciones y apoderamientos: 54,60 euros.
Apertura y cierre de delegaciones territoriales: 98,30 euros.
Fusión y escisión: 142 euros.
4. Academias
Inscripción de órganos de gobierno: 21,85 euros.
Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 11 euros.
Emisión de listados: 10,95 euros.
Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos y sus modificaciones: 142 euros.
5. Mediación en el ámbito del derecho privado
Homologación de cursos de mediadores: 98,30 euros.
Renovación de la homologación: 54,60 euros.
6. Parejas estables
Inscripción de la existencia, modificación y extinción: 30 euros.
Emisión de certificaciones: 11 euros.
- Modificación realizada (10.1-4) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Modificación realizada (10.1-4) por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014 - Artículo modificado por LEY 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(GC de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010
