Articulo 10 Acogimiento familiar en C. Valenciana
Artículo 10. Personas menores de edad susceptibles de acogimientos especializados
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1. Podrán ser acogidas con carácter especializado las siguientes niñas, niños y adolescentes:
a) Personas menores de edad con discapacidad física, intelectual, sensorial, problemas de salud mental o pluridiscapacidad severa/muy severa que exija una provisión de apoyos intensa, así como con enfermedades crónicas graves o con necesidades médicas que requieran una dedicación intensiva.
b) Personas menores de edad con problemas de conducta y emocionales graves que dificulten su adaptación e integración social y familiar.
c) Adolescentes gestantes o con hijas o hijos a cargo.
d) Preadolescentes o adolescentes para quienes no se disponga de familia acogedora.
e) Grupos de niñas, niños y adolescentes que deban permanecer juntos y que presenten unas especiales necesidades distintas del número de personas a acoger como grupo.
f) (Suprimida)
2. La Entidad Pública determinará que el acogimiento familiar especializado será con dedicación exclusiva cuando las necesidades y circunstancias de la persona menor de edad susceptible de ser acogida con carácter especializado exija una atención de tal intensidad diaria que resulte incompatible con cualquier otra actividad laboral, profesional o de cualquier índole que requiera de un horario determinado.
- Modificación realizada (letra a) del apdo.1 se modifica, letra f) del apdo.1 se suprime) por DECRETO 64/2026, de 24 de abril, del Consell, de modificación del Decreto 35/2021, de 26 de febrero, del Consell, de regulación del acogimiento familiar, y del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. (GV de 30-04-2026) en vigor desde 01-05-2026
- Artículo modificado (10) por DECRETO 78/2023, de 26 de mayo, del Consell, de modificación del Decreto 35/2021, de 26 de febrero, del Consell, de regulación del acogimiento familiar y del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat, de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. [2023/5899]
(GV de 30-05-2023) en vigor desde 31-05-2023
