Articulo 10 actuaciones criterios que informan el Plan de Control Tributario para 2015 de Murcia
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»10.- Actuaciones en materia de tributos locales.
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En el marco de los convenios de colaboración tributaria suscritos con los Ayuntamientos de la Región, se realizarán actuaciones de comprobación e investigación en los tributos locales cuya gestión se delegue. De igual modo, en los términos y con el alcance que se defina en los órganos de seguimiento regulados en los convenios, se podrán planificar y realizar actuaciones de inspección tributaria en los tributos locales, respetando en todo caso el régimen competencial vigente.
