Articulo 10 Administración Local de Navarra
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»Artículo 10.
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1. La población del Municipio está constituida por el conjunto de personas inscritas en el padrón municipal.
2. Son aplicables a los municipios de Navarra las disposiciones generales dictadas para los del resto del Estado en materia de población y empadronamiento.
Modificaciones
- Artículo modificado (10 (apdo. 1)) por LEY FORAL 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del régimen local de Navarra.
(NA de 05-11-2004) en vigor desde 25-11-2004
