Articulo 10 Apoyo a las familias de Cataluña
Artículo 10. Prestación económica sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar para familias en las que ha tenido lugar un nacimiento, una adopción, una tutela o un acogimiento.
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1. Las familias en las que se produce el nacimiento, la adopción, la tutela o el acogimiento de uno o más niños tienen derecho, por cada uno de ellos, a una prestación económica sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar, de pago único, que el Gobierno, a través del departamento competente en materia de políticas familiares, otorga de acuerdo con las condiciones y el procedimiento que se establezcan por reglamento.
2. Para las familias que tienen el título de familia numerosa o monoparental, la prestación económica puede incrementarse de acuerdo con lo que se establezca por reglamento.
3. Son beneficiarios de la prestación económica establecida por el presente artículo el padre y la madre o la persona o personas que tienen al niño a su cargo.
- Modificación realizada (10) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-09-2020 - Modificación realizada (10 (se deja sin efecto durante 2020)) por LEY 4/2020, de 29 de abril, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2020.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Modificación realizada (10 (se deja sin efecto durante 2017)) por LEY 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017.
(GC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017 - Modificación realizada (10 (se deja sin efecto durante 2015)) por LEY 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015.
(GC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015 - Modificación realizada (10 (se deja sin efecto durante 2014)) por LEY 1/2014, de 27 de enero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2014.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 31-01-2014 - Modificación realizada (10 (se deja sin efecto durante 2012)) por LEY 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012.
(GC de 27-02-2012) en vigor desde 28-02-2012 - Artículo modificado (10 (se deja sin efecto durante 2011)) por LEY 6/2011, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2011.
(GC de 29-07-2011) en vigor desde 30-07-2011
