Articulo 10 Aprobación de las Instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes, de los instrumentos de planificación y gestión forestal, y del Registro de Montes Ordenados
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»Artículo 10. Estructura y contenido mínimo de los instrumentos de gestión forestal.
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1. La estructura y contenido mínimos a los que habrán de ajustarse los proyectos de ordenación de montes será la establecida en el ANEXO I del presente decreto.
2. La estructura y contenido mínimos a los que habrán de ajustarse los planes técnicos de gestión forestal será la establecida en el ANEXO II del presente decreto.
3. La estructura y contenido mínimos a los que habrán de ajustarse los planes simplificados de gestión forestal será la establecida en el ANEXO III del presente decreto.
