Articulo 10 el que se aprueba el Reglamento de ingreso en las administraciones públicas de Navarra
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»Artículo 10.
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La selección de personal en las Administraciones Públicas de Navarra únicamente podrá referirse a plazas que reúnan los siguientes requisitos:
Figurar en la plantilla orgánica respectiva.
Hallarse vacantes.
Estar dotadas presupuestariamente.
Estar comprendidas en la correspondiente oferta de empleo.
