Articulo 10 se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley 13/2005, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo
Ver Indice
»Artículo 10. Acceso a la vivienda protegida.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El acceso a la vivienda protegida será en arrendamiento o en propiedad.
Los planes de vivienda podrán establecer fórmulas intermedias de acceso a las viviendas protegidas mediante la adquisición de otros derechos reales distintos al de propiedad, que conlleven el uso y disfrute de la vivienda.
2. El acceso a la propiedad podrá realizarse por compraventa o mediante la construcción de viviendas por los particulares, por sí o mediante cooperativas.
