Articulo 10 Se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva
Artículo 10. Solicitud.
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1. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario Anexo I incorporado en la convocatoria, cumplimentando.
a) Los datos identificativos de la persona o entidad interesada y, en su caso, de quien la represente.
b) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las notificaciones que proceda efectuar. A tal efecto, en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan indicar como preferente el medio electrónico. Todo ello salvo que en el apartado 18 del Cuadro Resumen se hubiera establecido la obligatoriedad de la notificación electrónica.
c) Una declaración responsable de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en el artículo 3.3, salvo las exceptuadas en el apartado 4.d) del Cuadro Resumen.
d) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en estas bases reguladoras.
e) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha y, en su caso, importe.
f) En su caso, el consentimiento expreso al órgano gestor para que recabe de otras Consejerías, de otras Agencias, o de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación acreditativa exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquéllas. En caso de no prestar el consentimiento, estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información, en los términos indicados en el apartado 5 de este artículo y en el artículo 17.
g) Si las subvenciones están cofinanciadas con fondos europeos, la aceptación -para el supuesto de resultar beneficiaria- a ser incluida en la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, o norma que la sustituya.
h) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
i) El apartado 6 del Anexo I, relativo a los datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se solicita la subvención.
2. Conforme al artículo 23 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Consejería competente en materia de Hacienda que estas bases reguladoras requieran aportar, salvo que haya quedado exceptuado por el apartado 4.d) del Cuadro Resumen.
3. El formulario de solicitud se podrá obtener en los lugares indicados en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen.
4. La solicitud irá dirigida a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del Cuadro Resumen.
5. Para acreditar que ostentan los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, las personas o entidades solicitantes tendrán que presentar los documentos indicados en el artículo 17, pudiendo optar.
a) Por aportarlos con la solicitud, en los términos previstos en dicho artículo.
b) Por limitarse a cumplimentar en la solicitud la declaración responsable contemplada en el apartado 1.d) de este artículo, con el compromiso de aportarlos en el trámite de audiencia, en los términos del artículo 17.
6. Con carácter general, cuando se trate de información o documentos que obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o sus agencias, podrá ejercerse el derecho a no presentarlos, autorizando al órgano gestor para que los recabe de otra Consejería o agencia. Para ello deberá indicarse el órgano al que fueron presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha presentación o emisión, y el procedimiento al que corresponden, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de éste.
