Articulo 10 Archivos y Patrimonio Documental de Madrid
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»Artículo 10.
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1. Se entiende por sistema de archivos de la Comunidad de Madrid el conjunto ordenado de normas, medios y procedimientos con que se protegen y se hacen funcionar los Archivos sobre los que la Comunidad Autónoma tiene competencias, al servicio de la Administración de los derechos e intereses de los ciudadanos y de la investigación histórico-científica.
2. Se determinará reglamentariamente la Consejería de la que dependa la unidad encargada de la dirección y coordinación del ejercicio de las competencias de la Administración relativas al sistema de archivos de la Comunidad de Madrid.
