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Articulo 10 calidad en obras de edificación

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Artículo 10. Registro del Libro de gestión de calidad de obra

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1. El Libro de gestión de calidad de obra se inscribirá en el Registro autonómico creado al efecto, adscrito a la conselleria competente en materia de calidad en la edificación.

2. La solicitud de inscripción en el Registro se realizará telemáticamente a través de la aplicación GESCAL, generándose el correspondiente justificante de registro de entrada, disponible en la Carpeta Ciudadana.

3. El Registro tendrá carácter administrativo y se regirá por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El acceso por cualquier persona a datos de carácter personal contenidos en el Registro se regirá por lo que se dispone en los artículos 5.3 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en el Reglamento (UE) núm. 2016/679 y en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Las comunicaciones de datos que se realicen mediante la colaboración entre administraciones se realizarán con fundamento en una norma con rango de ley.

4. La inscripción en el Registro del Libro de gestión de calidad de obra servirá para justificar el cumplimiento del nivel de calidad previsto en el proyecto, a los efectos de la suscripción del certificado final de obra, de conformidad con lo dispuesto en el título III de la presente disposición. En el Libro del Edificio deberá quedar constancia de la inscripción en el Registro del Libro de gestión de calidad de obra.

5. La inscripción en el Registro surtirá efecto desde el momento de la inscripción, sin perjuicio de que la conselleria con competencias en calidad en la edificación pueda solicitar cuantas informaciones o modificaciones sean oportunas en el plazo de tres meses.

6. La inscripción en el Registro del Libro de gestión de calidad de obra no supondrá, en ningún caso, la conformidad de la Administración con el contenido del mismo.