Articulo 10 Consejo de Garantías Estatutarias
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»Artículo 10. Actuación de los miembros del Consejo
Vigente
1. Los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias ostentan la condición de altos cargos de especial relieve institucional.
2. Los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias actúan con imparcialidad y son inamovibles por razón del ejercicio de su cargo.
3. Los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias tienen la obligación de guardar secreto sobre el procedimiento y contenido de las deliberaciones del Consejo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2009 en vigor desde 10-03-2009