Articulo 10 Consejo de Go... DE MADRID

Articulo 10 Consejo de Gobierno, por el que se regula la edicion electronica del BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Artículo 10. Solicitudes de publicación.

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La publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se tramitará por medio de solicitud de inserción que se realizará a través de la aplicación informática que proporcione la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Madrid o, con carácter excepcional, a través de papel, de acuerdo con el procedimiento y garantías que se establezcan mediante Orden del Consejero competente por razón de la materia, previo pago, en su caso, de la tasa correspondiente.