Articulo 10 Consell, por el que se establece la política de seguridad de la información de la Generalitat
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»Artículo 10. Confidencialidad y deber de secreto.
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Quienes por razón del ejercicio de sus funciones accedan a datos que no sean de acceso público deberán observar la necesaria reserva, confidencialidad y sigilo respecto a esos datos, incluso después de haber cesado en sus funciones o finalizado la relación contractual o laboral.
