Articulo 10 Cooperación a...Valenciana

Articulo 10 Cooperación al Desarrollo de C. Valenciana

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Artículo 10. Evaluación

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1. La Generalitat promoverá la realización de evaluaciones de todas las acciones en que directamente o indirectamente participe, contribuyendo a una mayor orientación de los procesos evaluativos hacia el aprendizaje institucional y la mejora continua de sus políticas e intervenciones.

2. Igualmente fomentará el desarrollo de procedimientos metodológicos e instrumentos que faciliten las evaluaciones sobre el impacto, la eficacia y la sostenibilidad en las políticas, los programas y los proyectos de cooperación al desarrollo y se promoverá la realización de evaluaciones participativas, de acuerdo con las características del programa o el proyecto. A estos efectos, se destinarán los recursos financieros, humanos y materiales necesarios para ello.