Articulo 10 Cooperativas de Cantabria
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»Artículo 10. Constitución de la cooperativa.
Vigente
La sociedad cooperativa se constituirá mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria previsto en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-11-2013 en vigor desde 18-01-2014