Artículo 10DECRETO 13/20...de febrero

Artículo 10.DECRETO 13/2026, de 10 de febrero

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Artículo 10. Subsanación de defectos en la solicitud y presentación de documentación complementaria.

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1.- Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos, o no fueran acompañadas de la documentación preceptiva, se requerirá a la solicitante para que, en un plazo de 10 días hábiles subsane la solicitud o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- Asimismo, el órgano competente podrá solicitar a las interesadas que aporten cuantos datos y documentos sean necesarios en cualquier momento del procedimiento.