Articulo 10 Empleo
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Artículo 10. Concepto.

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El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2003 en vigor desde 06-01-2004