Artículo 10 se establece ... Cantabria

Artículo 10 se establece la estructura y las líneas estratégicas de actuación de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria

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Artículo 10. Financiación de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria.

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1. Las entidades que formen parte de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria asumen con cargo a sus propios presupuestos los gastos derivados de su participación en ésta. No obstante, la consejería con competencias en Medio Ambiente prestará la asistencia técnica y logística necesaria para su mantenimiento, utilizando recursos propios.

2. De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, la consejería con competencias en Medio Ambiente podrá cofinanciar iniciativas de interés para la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria.