Artículo 10 establece el régimen de las entidades colaboradoras de certificación y de su registro en Cantabria
Artículo 10. Causas de pérdida de la acreditación.
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Son causas de pérdida de acreditación como entidad colaboradora de certificación de los colegios profesionales y personas jurídicas acreditadas ante la Comunidad Autónoma de Cantabria para todos los procedimientos, las siguientes:
1. La falta de renovación de la acreditación en el caso de que se modifiquen las condiciones que dieron lugar a la acreditación inicial.
2. La pérdida de la condición por voluntad de la entidad colaboradora de acreditación.
3. El incumplimiento de las obligaciones por parte de las entidades, cuando constituyan infracción grave o muy grave, mediante la resolución que así lo declare, que deberá emitir el órgano competente por razón de la materia de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.
4. El incumplimiento sobrevenido de cualesquiera de los requisitos de acreditación, previa tramitación de expediente contradictorio, que será resuelto por la Dirección General competente en materia de simplificación administrativa, previa propuesta de la Consejería competente por razón de la materia de que se trate.
