Artículo 10 Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I
Artículo 10. Transparencia.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el ejercicio de sus funciones, el Consejo deberá regirse por los principios de transparencia y participación ciudadana, que se concretan en los siguientes aspectos:
a) Las resoluciones del Consejo dictadas en aplicación del artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, una vez notificadas y previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran, se publicarán en su página web institucional. así como en el Portal de la Transparencia.
b) Los informes de evaluación del cumplimiento de obligaciones de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se publicarán en su página web.
c) Los informes de seguimiento y evaluación del Plan estratégico se publicarán en su página web.
d) Tras su aprobación, un resumen de la memoria anual del Consejo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Se prestará especial atención a que resulte claramente identificable el nivel de cumplimiento por parte de los sujetos, entidades y órganos obligados de las disposiciones de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. Su texto íntegro se insertará en la página web del Consejo.
e) El Consejo articulará mecanismos de participación como vía de colaboración con los ciudadanos y con las organizaciones de la sociedad civil en el mejor desempeño de las funciones del organismo y para favorecer el cumplimiento de la normativa de transparencia y buen gobierno.
