Articulo 10 facultades Pr...AS del SUG

Articulo 10 facultades Programa de autoformación para el personal al servicio de la Administración pública, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional, de la Administración de justicia, de las entidades locales y de PAS del SUG

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Décima. Las facultades de la EGAP

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1. Le corresponde a la EGAP disponer cuanto sea necesario para el cumplimiento de lo previsto en esta convocatoria y para la resolución de los incidentes que se produzcan. Teniendo en cuenta las circunstancias relativas a la organización de las pruebas de evaluación de las actividades del programa de autoformación, la EGAP puede modificar el desarrollo, los contenidos y las fechas de las pruebas e incluso suprimirlas.

2. La EGAP puede suspender o cancelar las pruebas de evaluación de las actividades del programa de autoformación en las que el número de admitidos sea inferior al 50 % de las plazas convocadas. Las personas afectadas dispondrán de toda la información en la dirección https://egap.xunta.gal. La información también se enviará por correo electrónico y, en el caso de las personas que facilitaran el correspondiente número, por telefonía móvil.

3. La ejecución material de todo lo previsto en esta resolución queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la correspondiente autorización del gasto.

4. La EGAP garantizará en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.