Articulo 10 Función Pública Canaria

Articulo 10 Función Pública Canaria

Ver Indice
»

Artículo 10.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La presente Ley, en los términos previstos en su artículo 2, será de aplicación a:

a) Los funcionarios de carrera.

b) Los funcionarios interinos.

c) El personal eventual.

d) El personal contratado en régimen de Derecho Laboral.